
El Gobierno oficializó las reglas para facilitar el acceso de jóvenes técnicos y profesionales al empleo público. A través del Decreto Supremo Nº 078-2025-PCM, se aprobó el reglamento de la Ley N° 31533, norma que establece beneficios específicos para postulantes de hasta 29 años en los concursos públicos de méritos convocados por entidades del Estado.
La norma contempla bonificaciones en la etapa de entrevista personal y por experiencia previa en el sector público, incluyendo prácticas profesionales.
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Bonificación en la entrevista y experiencia laboral
De acuerdo con el reglamento, los jóvenes de hasta 29 años que postulen a plazas en el sector público recibirán una bonificación del 10% sobre el puntaje obtenido en la entrevista personal, siempre que hayan alcanzado el puntaje mínimo aprobatorio. Para acceder a esta bonificación, deben acreditar su edad y formación técnica o profesional.
Además, se aplicará un incremento adicional sobre el puntaje final del concurso por cada año de experiencia en el sector público: un punto por un año, dos puntos por dos años y hasta un máximo de tres puntos por tres o más años.
Este beneficio incluye tanto experiencia laboral formal como prácticas preprofesionales y profesionales en entidades estatales, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 31396.
Condiciones para su aplicación
El reglamento establece que los concursos públicos deben incorporar de forma expresa estas bonificaciones en sus bases. La experiencia laboral debe ser acreditada mediante constancias de trabajo, certificados de prácticas u otros documentos fehacientes. El puntaje final del postulante se incrementará solo si se ha superado el mínimo requerido en todas las evaluaciones.
El ámbito de aplicación del reglamento comprende a las entidades del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales, gobiernos locales, organismos constitucionalmente autónomos, entre otros detallados en el TUO de la Ley N° 27444.
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Limitaciones y disposiciones adicionales
El reglamento precisa que estas bonificaciones no se aplican a concursos internos de promoción o progresión en la carrera pública. Asimismo, no sustituyen otras bonificaciones establecidas por ley, por lo que pueden aplicarse de manera simultánea con otros beneficios.
Las entidades públicas deberán actualizar sus normas internas de concursos públicos en un plazo de 60 días calendario, contados desde la entrada en vigencia del reglamento. No obstante, esta obligación no impide la aplicación inmediata de la norma.
En cuanto a los concursos públicos ya convocados o en trámite a la fecha de publicación del decreto supremo, estos continuarán rigiéndose por las bases previamente establecidas, incluso si solo se encuentran en fase de difusión.
Seguimiento y financiamiento
Las Oficinas de Recursos Humanos deberán reportar a SERVIR la información de los postulantes beneficiados con las bonificaciones, así como el resultado de los concursos realizados en el año previo.
El financiamiento de la implementación del reglamento se realizará con cargo al presupuesto institucional de cada entidad, sin requerir recursos adicionales al Tesoro Público.
El reglamento ya se encuentra en vigencia tras su publicación en el diario oficial El Peruano. Las entidades públicas deberán aplicar estas disposiciones en sus próximos concursos y adecuar sus normativas internas en un plazo máximo de 60 días.
Por su parte, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) será responsable de recopilar información sobre los postulantes beneficiados, con el objetivo de dar seguimiento a la implementación de la Ley N° 31533 en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
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